Mar del Plata

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perjudicial a los intereses sociales: e) Haber perdido las condiciones requeridas de este estatuto el asociado que representa; f) Asumir o invocar la representación de la asociación de reuniones, actos de otras instituciones oficiales o particulares, si no mediare autorización mandato de la Comisión Directiva. También podrán ser sancionados los asociados por los actos que cometieron sus representantes y podrán ser suspendidos en el goce de sus derechos sociales por un término prudencial que no podrá exceder de seis meses. En una Asamblea convocada al efecto, constituida con la presencia del 51% de los asociados con derecho a voto y con el voto favorable de los dos tercios de los socios presentes se decidirá sobre la suspensión de los mismos. ARTÍCULO SEXTO . De las resoluciones adoptadas en contra de los Delegados o de los asociados por la Comisión Directiva los aludidos podrán apelar ante la primer asamblea que se celebre, presentando el respectivo recurso en forma escrita ante la Comisión Directiva, dentro de los quince días de notificados de la sanción. OBLIGACIONES Y DERECHOS. ARTÍCULO SEPTIMO : Son obligaciones de los asociados: a) Conocer, respetar y cumplir las disposiciones de este estatuto, reglamentos y resoluciones de asamblea y de la Comisión Directiva; b) Aceptar los cargos para los cuales fueron designados. d) Comunicar dentro de los diez días todo cambio de domicilio a la Comisión Directiva. El socio
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Mar del Plata, 15 de mayo de 2014 [69.88%]
otras ONG y Organizaciones Sociales Civiles 1. OBJETIVOS COMUNES – Cuando sea apropiado, aquellas ONG con misiones coincidentes, valores y grupos a servir comunes deberían asociarse entre ellas y con organizaciones Sociales civiles, cuando fuera para beneficio de los grupos a servir comunes y para el logro de objetivos comunes. 2. COMPETENCIA Y DUPLICACION DE SERVICIOS – Las ONG con misiones coincidentes, valores y grupos a servir comunes deberían abstenerse de competir entre si y con otras organizaciones Sociales civiles, también deberían abstenerse de realizar duplicación de servicios innecesarios y de interrumpir proyectos de una u otra parte. 3. COMPARTIENDO INFORMACION – Las ONG con misiones coincidentes, valores y grupos a servir comunes deberían compartir de manera oportuna la información de proyectos con otras ONG y organizaciones Sociales civiles, y apoyarse mutuamente unas a otras. 4. APOYO PARA CON OTRAS ONG – La ONG expresará su solidaridad con campañas y acciones de otras ONG, y promoverá la efectividad y el éxito de otras ONG, cuando esto no comprometa la integridad o los valores de la ONG. 5. INTERCONEXIONES (REDES) – La organización se interconectará con otras ONG éticas como medio de promover el crecimiento, efectividad y eficiencia del sector de la ONG y en la capacidad de avanzar en pro del bien público. C. Relaciones con las Agencias del Gobierno y los Cuerpos Intergubernamentales 1.
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