Documento sin título [100.00%]
perjudicial a los intereses
sociales:
e)
Haber perdido las condiciones requeridas de este
estatuto el asociado que representa;
f)
Asumir o invocar la representación de la
asociación de reuniones, actos de otras instituciones oficiales o particulares,
si no mediare autorización mandato de la Comisión Directiva.
También podrán ser sancionados los asociados por los
actos que cometieron sus representantes y podrán ser suspendidos en el goce de
sus derechos sociales por un término prudencial que no podrá exceder de seis
meses. En una Asamblea convocada al efecto, constituida con la presencia del
51% de los asociados con derecho a voto y con el voto favorable de los dos
tercios de los socios presentes se decidirá sobre la suspensión de los mismos.
ARTÍCULO
SEXTO . De las resoluciones adoptadas en contra de los Delegados o de los
asociados por la Comisión Directiva los aludidos podrán apelar ante la primer
asamblea que se celebre, presentando el respectivo recurso en forma escrita
ante la Comisión Directiva, dentro de los quince días de notificados de la
sanción.
OBLIGACIONES Y DERECHOS.
ARTÍCULO
SEPTIMO : Son obligaciones
de los asociados:
a) Conocer, respetar y cumplir las disposiciones
de este estatuto, reglamentos y resoluciones de asamblea y de la Comisión
Directiva;
b) Aceptar los cargos para los cuales fueron
designados.
d) Comunicar dentro de los diez días todo cambio
de domicilio a la Comisión Directiva.
El socio
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Mar del Plata, 15 de mayo de 2014 [69.88%]
otras ONG y Organizaciones
Sociales Civiles
1. OBJETIVOS COMUNES – Cuando sea apropiado,
aquellas ONG con misiones coincidentes, valores y
grupos a servir comunes deberían asociarse entre
ellas y con organizaciones Sociales civiles, cuando
fuera para beneficio de los grupos a servir comunes
y para el logro de objetivos comunes.
2. COMPETENCIA Y DUPLICACION DE SERVICIOS –
Las ONG con misiones coincidentes, valores y
grupos a servir comunes deberían abstenerse de
competir entre si y con otras organizaciones Sociales
civiles, también deberían abstenerse de realizar
duplicación de servicios innecesarios y de interrumpir
proyectos de una u otra parte.
3. COMPARTIENDO INFORMACION – Las ONG con
misiones coincidentes, valores y grupos a servir
comunes deberían compartir de manera oportuna la
información de proyectos con otras ONG y
organizaciones Sociales civiles, y apoyarse
mutuamente unas a otras.
4. APOYO PARA CON OTRAS ONG – La ONG expresará su solidaridad
con campañas y acciones de
otras ONG, y promoverá la efectividad y el éxito de
otras ONG, cuando esto no comprometa la integridad
o los valores de la ONG.
5. INTERCONEXIONES (REDES) – La organización
se interconectará con otras ONG éticas como medio
de promover el crecimiento, efectividad y
eficiencia del sector de la ONG
y en la capacidad de avanzar en
pro del bien público.
C. Relaciones con las Agencias del Gobierno y los
Cuerpos Intergubernamentales
1.
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